viernes, 21 de diciembre de 2007

AVANCE DE LOS INCREMENTOS SALARIALES PARA EL AÑO 2008

(Revisión salarial del año 2007 e incrementos de Convenio para el 2008)

Según nos informa el Banco, la revisión salarial correspondiente al año 2007, conjuntamente con el incremento pactado para el 2008, serán reflejados en nuestras Nóminas en el mes de febrero.

Argumentan para ello, el que es conveniente de que todas las actualizaciones de nuestras Nóminas se efectúen en un solo proceso administrativo, y dado que el IPC definitivo del 2007 no será publicado oficialmente a tiempo para su actualización en las tablas salariales de enero, y que por tanto, tampoco es definitiva la subida ya pactada para el 2008, no ven posible su realización provisional en el mes de enero.

Tenemos que recordar que según lo dispuesto en el Convenio Colectivo, todo lo que supongo un incremento del IPC definitivo a Diciembre por encima del 2,75% (a Noviembre va un 4,1%) deberá ser incrementado en las Tablas Salariales al mes de Enero del 2008, sobre las que a su vez, hay que efectuar la subida pactada inicialmente para este año, que es del 2%.

Subidas que serán definitivas, hasta que en Enero del 2009 se vuelva a aplicar la cláusula de revisión salarial, que a partir de ese año y durante el resto de la vigencia del Convenio Colectivo (31-12-2010), tendrán también efectos retroactivos, percibiéndose atrasos por los diferenciales de los IPC sobre el año anterior, recuperándose de esta forma la cláusula de revisión salarial que venía siendo insistentemente reclamada por UGT para el sector bancario.

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